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domingo, 30 de septiembre de 2018

MENÚ DE OCTUBRE

Aquí os pongo el menú de OCTUBRE para nuestro colegio.



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jueves, 20 de septiembre de 2018

SORTEO DE LOS COMPONENTES TITULARES Y SUPLENTES DE LA JUNTA ELECTORAL

 ELECCIONES AL CONSEJO ESCOLAR 2018

Estimadas familias, os informamos que mañana viernes 21 de septiembre de 2018 se procederá a realizar el sorteo de los componentes titulares y suplentes de la Junta electoral.

El sorteo se realizará a las 14:00 en la sala de profesores del CEIP PIO XII a la cual podrán asistir  aquellas personas que lo deseen.

Una vez realizado el sorteo me pondré en contacto con la persona que resulte del mismo  para constituir la Junta Electoral antes del 28 de septiembre de 2018.

Un saludo a todos y a todas.

miércoles, 12 de septiembre de 2018

calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos Escolares

Esta entrada es para poner en conocimiento de la comunidad educativa la Resolución que recoge el calendario para el desarrollo de la elecciones al CONSEJO ESCOLAR DE LOS CENTROS DOCENTES EN ANDALUCÍA.


Resolución de 28 de junio de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas para el curso 2018/2019.

Mediante Orden de la Consejería de Educación de 7 de octubre de 2010 (BOJA núm. 200, de 13 de octubre de 2010), se reguló el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, y se efectuó su convocatoria para el año 2010.

El artículo 2 de la referida Orden atribuye en la persona titular de la Dirección General competente en materia de participación la capacidad para efectuar futuras convocatorias para la elección de los componentes de los Consejos Escolares.

En su virtud, conforme al citado artículo 2 de la Orden de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010 y el artículo 12 del Decreto 207/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero. Los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares a llevar a cabo en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

1. La Junta Electoral se constituirá entre los días 24 al 28 de septiembre de 2018 (ambos inclusive).

2. El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido entre los días 4 y 18 de octubre de 2018 (ambos inclusive). Las candidaturas se presentarán en el centro docente correspondiente coincidiendo con el horario escolar.

3. La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidatos y candidatas el 19 de octubre y la lista definitiva el 23 de octubre de 2018.

4. La campaña electoral se llevará a cabo desde el 24 de octubre hasta 9 de noviembre de 2018 (ambos inclusive).

5. Las papeletas de voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 26 de octubre de 2018.

6. La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:

a) 13 de noviembre elecciones del sector padres, madres y tutores del alumnado.

b) 14 de noviembre elecciones del sector del alumnado.

c) 15 de noviembre elecciones del sector del profesorado, del personal de administración y servicios y, en su caso, del personal de atención educativa complementaria.

7. La proclamación de representantes electos deberá realizarse antes del 28 de noviembre de 2018.

8. La constitución del nuevo Consejo Escolar deberá realizarse antes del 14 de diciembre de 2018.

Segundo. En el supuesto de que por razones excepcionales y justificadas la elección de los representantes de los distintos sectores no se pudiera llevar a cabo de acuerdo con el calendario fijado en el apartado anterior, la correspondiente Delegación Territorial de Educación podrá autorizar, por escrito, el cambio de fecha de dicha elección que, en todo caso, se llevará a cabo en el plazo más breve posible.

Tercero. De conformidad con el artículo 2 de la Orden de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010, no podrán celebrarse elecciones a representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa los días que hayan sido declarados no lectivos.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los alumnos y las alumnas podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria.

Quinto. 1. De conformidad con el artículo 11 de la Orden de 7 de octubre de 2010, las madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa electoral del centro por correo certificado o entregándolo a la persona titular de la Dirección del mismo antes de la realización del escrutinio. A tal efecto, la Junta electoral de cada centro informará oportunamente a los mismos para lo que les remitirá la papeleta de voto y las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de personas candidatas que pueden ser votadas.

2. Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. El sobre contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.

3. En el caso de que el sobre al que se refiere el párrafo anterior sea entregado a la persona titular de la Dirección del centro, esta expedirá un documento con un recibí como justificante de la entrega y, elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los sobres antes del escrutinio.

4. La Mesa electoral comprobará que las personas votantes que utilicen la modalidad de voto no presencial, están incluidos en el censo electoral. Los votos recibidos una vez finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.

Sexto. En la Constitución, modificación o renovación de los Consejos Escolares, a fin de garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres, se actuará conforme a los previsto en el artículo 135.3 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, y en el artículo 18.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Séptimo. Una vez constituida la Junta electoral, esta solicitará a la asociación de madres y padres del alumnado, legalmente constituida, con mayor número de personas asociadas del centro, la designación de su representante en el Consejo Escolar. La asociación de madres y padres deberá comunicarlo a la Junta electoral dentro del plazo de admisión de candidaturas. En caso de que la asociación de madres y padres no designe a su representante en este plazo, las personas representantes del sector de madres y padres del alumnado serán elegidas todas por votación, no pudiéndose llevar a cabo dicha designación hasta el siguiente proceso electoral. Es requisito indispensable para la asociación de madres y padres estar inscrita en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, lo que certificará, ante la Junta electoral, mediante copia de la resolución de inscripción en el Censo.

Resolución de 28 de junio de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas para el curso 2018/2019.

2. Las personas titulares de la dirección de los centros docentes arbitrarán las medidas necesarias para que la presente Resolución sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa, para lo cual facilitarán copia de la misma al Consejo Escolar, al Claustro de Profesorado, a las asociaciones de madres y padres del alumnado, a las asociaciones del alumnado, al personal de administración y servicios y, en su caso, al de atención educativa complementaria y colocará copia en el tablón de anuncios del centro.

Sevilla, 28 de junio de 2018.- La Directora General, M.ª Isabel González Gómez.

 

viernes, 7 de septiembre de 2018

8 DE SEPTIEMBRE DIA INTERNACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN

La alfabetización y el desarrollo de competencias

El 8 de septiembre de 2018 se celebrará el Día Internacional de la Alfabetización en todo el mundo bajo el tema "La alfabetización y el desarrollo de competencias". A pesar del progreso realizado, los desafíos relacionados con la alfabetización persisten y, al mismo tiempo, las demandas de competencias requeridas para el trabajo evolucionan rápidamente. Este año, el Día de la Alfabetización analiza y destaca enfoques integrados que simultáneamente pueden apoyar el desarrollo de la alfabetización y las competencias, para finalmente mejorar la vida y el trabajo de las personas y contribuir a sociedades equitativas y sostenibles.




CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE COMEDOR


Buenas tardes, os informamos que la Gestión del Servicio de Comedor Escolar, será llevada a cabo por la empresa ARAMARK SERVICIOS DE CATERING, S.L.U. a partir de septiembre de 2018.
Aquí os pongo la circular que se entregará a los usuarios/as del comedor escolar.
Condiciones Generales del Servicio de Comedor:
1.      Solicitud del Servicio: Todos los usuarios deberán solicitar la plaza por escrito, rellenando el formulario del Servicio de Comedor que el Centro Escolar le facilite. En dicho formulario, deberá indicar los datos del usuario/a, de los padres y la domiciliación bancaria.
2.      Las ALTAS y BONIFICACIONES del Servicio de Comedor se tramitan a través del Centro Escolar.
3.      Tipos de COMPROMISO La utilización del Servicio de Comedor Escolar podrá ser solicitada por las familias por meses completos, para días fijos de la semana o días esporádicos, ejerciéndose la opción que desee al presentar la solicitud del mismo.
4.      Las AUSENCIAS / PRESENCIAS del Servicio de Comedor podrán ser comunicadas vía telemática, a través la App Móvil “El Gusto de Crecer” y/o de la Página Web (www.elgustodecrecer.es), antes de las 09:30 horas del mismo día. Para acceder a las plataformas, se tendrá que registrar a través del menú Regístrate. En ambas plataformas, existe un manual de instrucciones, para realizar las comunicaciones correctamente. Pasada esa hora no se justificará la ausencia ni se podrá dar de alta la presencia para el mismo día, ya que el sistema no lo permite. Las faltas injustificadas de cinco o más días consecutivos pueden provocar la pérdida de la plaza del Servicio de Comedor, tal y como indica las Prescripciones Técnicas del Pliego de la Junta de Andalucía.
5.      Las BAJAS o CAMBIOS DE COMPROMISOS del Servicio de Comedor la solicitud de baja o modificación de la opción inicialmente elegida para el Servicio de Comedor Escolar, se comunicará en primer lugar a la Dirección del Centro Escolar, rellenando el documento correspondiente y en segundo lugar a Aramark, adjuntando dicho documento, antes del último día lectivo de la semana anterior a aquella en la que se pretenda hacer efectiva la baja o modificación.

6.      La PERDIDA de condición del usuario del Servicio de Comedor se realizará cuando el/la usuario/a no utilice el servicio durante cinco o más días consecutivos sin causa justificada y/o la familia del/la usuario/a tenga un impago de dos o más recibos.

7.      Forma de pago:
          El cobro del Servicio de Comedor se realizará entre el 5 y 10 del mes y de forma anticipada, por domiciliación bancaria, según nos indica el PPT del contrato con la Agencia Pública Andaluza de Educación.
El coste del menú es de 4,38 € por día (IVA incluido). En caso de disponer de bonificación de la Agencia Pública Andaluza de Educación, se aplicará la deducción que corresponda.
Los meses de septiembre y octubre, serán girados conjuntamente, con previsión de la tercera semana del mes de octubre.
Las faltas justificadas en cada mes serán descontadas en la factura siguiente.


8.      Elaboración de los menús: Nuestros menús, al igual que del resto de empresas de Catering que trabaja con la Junta de Andalucía, están elaborados siguiendo las precisas instrucciones de los dietistas de la Agencia Pública Andaluza de Educación, fomentando una alimentación saludable y equilibrada. Son minuciosamente revisados, valorados y sometidos a degustación en los múltiples controles de calidad que los inspectores de zona de sanidad nos realizan mensualmente.
9.      Alergias y/o intolerancias: Para solicitar el menú con alergias y/o intolerancias alimenticias, se entregará el informe médico (alergólogo) al Centro Escolar, y se informará de la fecha de comienzo de la dieta a través de la coordinadora del Servicio de Comedor. El tiempo transcurrido entre la recepción de la información y el inicio del servicio es variable dependiendo, entre otros factores, de la complejidad de las restricciones alimenticias. A modo de orientación, le informamos que este periodo está comprendido por lo general entre dos y seis semanas por lo que le recomendamos, en la medida de lo posible, nos facilite esta información con la mayor anticipación posible.
Si Aramark, NO tiene en su poder el informe médico de la alergia y/o intolerancia, no se realizará el servicio

Los menús mensuales están disponibles, previo registro, a través de nuestra página web: www.elgustodecrecer.es o desde la aplicación móvil El Gusto de Crecer, siendo descargada, de Play Store (Android) o App Store (Apple).
Atención al Cliente:
          
Para cualquier duda o aclaración referente al Servicio de Comedor, pueden contactar con el Departamento de Gestión de Cobros en el teléfono 954 46 10 35 o bien, al email andaluciafacturacion@aramark.es donde será atendido/a por uno de nuestros agentes en el horario de 8:00 h. a 17:00 h.
Igualmente pueden ser atendidos en el Centro escolar en el horario indicado para ello.