- LUNES Y MIÉRCOLES
- DE 4 A 5
INGLÉS
- DE 5 A 6 TEATRO
- MARTES Y JUEVES
- DE 4 A 5 GIMNASIA RÍTMICA
- De lunes a jueves, en la franja de 16:00 a 18:00 horas
- La entrada y salida se hará por la puerta de acceso peatonal junto al pabellón.
- La participación en las actividades extraescolares deberá solicitarse por meses completos.
- La baja en dichas actividades se solicitará a la dirección del centro con la antelación de, al menos, una semana al inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva la misma.
- El establecimiento de los servicios de actividades extraescolares estará supeditado a la existencia de una demanda mínima para cada uno de ellos de diez alumnos o alumnas por actividad.
- Si durante un mes del curso escolar, el número de usuarios medio por día de una determinada actividad extraescolar fuera menor a la demanda mínima establecida, el director del centro informará a los guardadores legales que dicha actividad dejará de ofertarse a partir del primer día lectivo del mes siguiente.
Por medio de IPASEN se confirmará a todas las familias solicitantes el
inicio de las mismas.
El primer día podrán entrar las familias con sus hijos/as para conocer a la profesora y se les explicará la dinámica de entradas y salidas.
- DE 7:30 H. A 9:00
- El uso de este servicio podrá solicitarse por parte de las familias para días determinados o con carácter continuado ejerciéndose la opción que se desee al presentar la solicitud del mismo.
- La solicitud de baja o modificación de la opción inicialmente elegida en el servicio de aula matinal se comunicará a la persona que ejerce la dirección del centro docente antes del último día lectivo de la semana anterior a aquella en la que se pretenda hacer efectiva la baja o modificación.
- DE 14:00 A 16:00
- El uso de este servicio podrá ser solicitada por las familias por meses completos o para días concretos de la semana.
- La solicitud de baja o modificación de la opción inicialmente elegida para el servicio de comedor escolar se comunicará a la persona que ejerza la dirección del centro, antes del último día lectivo de la semana anterior a aquella en la que se pretenda hacer efectiva la baja o modificación.
- Para la utilización del servicio de comedor escolar es necesaria la asistencia a las actividades lectivas del día.
- Personal de atención al alumnado en el comedor escolar.
- a) Para el alumnado de segundo ciclo de educación infantil, por cada quince comensales o fracción superior a diez, una persona.
- b) Para el alumnado de educación primaria, por cada veinticinco comensales o fracción superior a quince, una persona.
- El menú será el mismo para todos los comensales que hagan uso del servicio.
- De lunes a jueves, en la franja de 16:00 a 18:00 horas.
- La participación en las actividades extraescolares deberá solicitarse por meses completos.
- La baja en dichas actividades se solicitará a la dirección del centro con la antelación de, al menos, una semana al inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva la misma.
- El establecimiento de los servicios de actividades extraescolares estará supeditado a la existencia de una demanda mínima para cada uno de ellos de diez alumnos o alumnas por actividad.
- Si durante un mes del curso escolar, el número de usuarios medio por día de una determinada actividad extraescolar fuera menor a la demanda mínima establecida, el director del centro informará a los guardadores legales que dicha actividad dejará de ofertarse a partir del primer día lectivo del mes siguiente.
CALENDARIO DE ACTUACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL
ALUMNADO EN LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y
ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES PARA EL CURSO ESCOLAR 2019/20 (Resolución de 17 de marzo de 2022)
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LA SOLICITUDES SE PUEDEN RECOGER EN PORTERÍA Y SE PODRÁN ENTREGAR A LAS TUTORAS Y EN SECRETARÍA.
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Del 1 al 10 de junio de 2022
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PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE ADMISIÓN EN LOS SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS EN SECRETARÍA EN EL HORARIO ESTABLECIDO.
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El 14 de junio de 2022
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PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y
SUPLENTES. mediante el Anexo III de la Orden de 17 de abril de 2017. |
Del 15 al 25 de junio de 2022
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PLAZO DE ALEGACIONES A LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE
ADMITIDOS Y SUPLENTES. (Presentar en Secretaría dirigido al sr. Director del
Centro.)
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El 30 de junio de 2022
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PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y
SUPLENTES.
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Del 1 al 31 de julio de 2022
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Plazo para interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación.
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Del 1 al 7 de septiembre de 2022
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BONIFICACIÓN SOBRE EL PRECIO DE LOS SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS. mediante el Anexo IV de la Orden de 17 de abril de 2017. |
El plazo para interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación será
de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución
definitiva de admitidos y suplentes.
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